SOLICITUD DE PROPUESTA: PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ACUERDO(S) MARCO PARA LA PRESTACIÓN DE: SERVICIOS FINANCIEROS PARA LA ENTREGA DE INTERVENCIONES EN EFECTIVO EN MEXICO

UNHCR
SOLICITUD DE PROPUESTA: PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ACUERDO(S) MARCO PARA LA PRESTACIÓN DE: SERVICIOS FINANCIEROS PARA LA ENTREGA DE INTERVENCIONES EN EFECTIVO EN MEXICO Request for proposal

Reference: RFP/2020/ACNUR/MEX/307
Beneficiary countries or territories: Mexico
Published on: 30-Nov-2020
Deadline on: 10-Jan-2021 23:59 (GMT -6.00)

Description

1. REQUISITOS

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en México invita a proveedores y prestadores de servicios a presentar una propuesta firme para el establecimiento de acuerdo(s) marco para la prestación de servicios financieros para la entrega de intervenciones en efectivo en México para ACNUR y las otras agencias del Grupo de Trabajo sobre Transferencias Monetarias en México (GTTM): ChildFund, World Vision International, la Organización Internacional para las Migraciones, y Save The Children. El ACNUR es la organización liderando el presente ejercicio, sin embargo, cada agencia del GTTM determinará los requisitos legales y procesos específicos para el establecimiento de su(s) acuerdo(s) marco con el/los PSF ganador(es), para los mecanismos de dispersión más adecuados, según sus objetivos programáticos y necesidades organizacionales.

IMPORTANTE:

Los términos de referencia (ToR, según sus siglas en inglés) se detallan en el Anexo A del presente documento.  Los requisitos adicionales se especifican en el Anexo B.

 

2. DURACIÓN

 

Las agencias del GTTM pueden otorgar un acuerdo(s) marco con una duración inicial de 3 (tres) años, que pueden extenderse por un plazo adicional de 1 (uno) + 1 (uno) años. Se solicitará a los adjudicatarios que mantengan el modelo de precio presupuestado por la duración del acuerdo.

Las agencias del GTTM pueden otorgar un acuerdo(s) marco para los mecanismos necesario según sus objetivos programáticos.

El contrato no es exclusivo, sin volúmenes mínimos u otros compromisos, y el ACNUR o otras agencias no tendrá ninguna obligación de (i) tratar con el FSP como proveedor de servicios únicos o exclusivos ni (ii) pedir o adquirir una cantidad mínima de servicios del FSP.

Otras agencias, fondos y programas de las Naciones Unidas, así como otras organizaciones humanitarias autorizadas tendrán derecho a los mismos precios y condiciones que los incluidos en las ofertas de los adjudicatarios y pueden formar las bases para un(os) acuerdo(s) marco con otras agencias de la ONU.